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Reconocimiento a Caballeros y Damas extraordinariamente destacados en el servicio del desarrollo social, la Iglesia, la fe católica o al Papa y a la Soberana Orden Militar de Caballería de San Ignacio de Loyola, concedidos por el Superior General en su calidad de soberano temporal.
Las propuestas se hacen generalmente, a sugerencia de miembros del Consejo Magistral, Priores, Canciller, Senescal, Gobernadores, los párrocos , por los locales ordinarios que remite la recomendación de la Pontificia Secretaría de Estado a través del país Nunciatura Apostólica .
Los reconocimientos son personales (vitalicios) o hereditarios en línea recta y masculina, por regir la Ley Sálica. Sin embargo, La Orden de Loyola, a diferencia de las monarquías, se reserva siempre el derecho de examinar la conveniencia, dignidad y méritos de los posibles herederos no bastando únicamente los derechos genealógicos.
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