Breve del Excelentísimo Comandante Gran Maestre. "Clasificación de los grados en que se compone la Orden de los Caballeros de Su Santidad el Papa San Ignacio de Loyola".




Bandera de las Américas, adoptada como símbolo de las Américas
por la séptima conferencia internacional Americana de
Montevideo el 13 de diciembre de 1933


El Comandante Gran Maestre en ejercicio de la suprema autoridad. Junto con el Soberano Consejo, impulso esta disposición legislativa no regulada por la Carta Constitucional. Con el objetivo de fijar "Premios y Reconpensas" y establecer un plan de carrera; establece los siguietes grados para la “Orden de los Caballeros de Su Santidad el Papa “San Ignacio de Loyola”. 

a) Gran Collar. (Solamente Soberanos o Jefes de Estado)
b) Gran Cruz.
c) Gran Oficial.
d) Comendador.
e) Oficial.
f) Caballero.

El saludo de Angela Merkel a Mauricio Macri.




(CHRISTIFIDELIS LAICI,58)


Una de las mandatarias más poderosas del planeta le envió un mensaje al elector presidente


ALEMANIA.- La canciller alemana, Angela Merkel, trasladó hoy sus más "sinceras felicitaciones " a Mauricio Macri por su triunfo en las elecciones presidenciales del domingo pasado en Argentina y expresó su disposición a ampliar la "exitosa cooperación" entre ambos países. 

En una carta al presidente electo, a quien desea "fuerza y buena mano" en su cargo, Merkel recuerda que en su encuentro hace un año en la ciudad alemana de Colonia, Macri expresó su "interés en intensificar" las relaciones bilaterales. 

"También yo aplaudiría una ampliación de nuestra exitosa cooperación en todos los ámbitos y me complacería recibirlo pronto en Alemania", señala la canciller. La jefa del gobierno alemán subraya que ambos países "hace tiempo están estrechamente vinculados" y recuerda que en particular la cooperación en ciencia e investigación se ha convertido en "un pilar fundamental" de las relaciones bilaterales. 

S.M. el Rey Juan Carlos de España, asistirá a la asunción de Mauricio Macri como Presidente de la República Argentina.



(CHRISTIFIDELIS LAICI,58)



Además, el presidente español, Mariano Rajoy, felicitó al mandatario electo y le expresó su confianza en que el futuro Ejecutivo dará estabilidad y confianza al país mediante la búsqueda de consensos y acuerdos 

El presidente del Gobierno español, Mariano Rajoy, felicitó este lunes personalmente al presidente electo de Argentina, Mauricio Macri, a quien comunicó que el rey Juan Carlos asistirá en representación de España a su toma de posesión el próximo 10 de diciembre. 

Según informaron a Efe fuentes de la Presidencia del Gobierno, Rajoy telefoneó a Macri, que se alzó con el triunfo en la segunda vuelta de las elecciones en Argentina, poniendo fin a un ciclo de más de doce años de kirchnerismo en el poder. En la conversación telefónica, ambos hicieron un breve repaso de las relaciones bilaterales, regionales y con la UE y Rajoy le ha invitó a realizar una visita oficial a España durante 2016. 

Rajoy ha expresado su confianza en que el futuro Ejecutivo de Argentina dará estabilidad y confianza al país mediante la búsqueda de consensos y acuerdos. La de Macri será la tercera vez desde su abdicación en junio de 2014 en que don Juan Carlos asiste a la toma de posesión de un mandatario iberoamericano en representación de España, una función que antes desempeñó durante muchos años su hijo Felipe, como Príncipe de Asturias.

Fr. Ellacuría’s Archive is included in the Documentary Heritage list (24-Nov-2015).




Bandera de las Américas, adoptada como símbolo de las Américas
por la séptima conferencia internacional Americana de
Montevideo el 13 de diciembre de 1933


The Museo de la Palabra y la Imagen (MUPI) (Museum of the Word and the Image) reported that UNESCO has included the archive of the Jesuit Father Ignacio Ellacuría as part of the documentary heritage for Latin America and the Caribbean. The delegate of the Regional Committee for Latin America and the Caribbean, as well as director of the MUPI, Carlos Henríquez Consalvi, recently gave the certificate to the Rector of the Centro American University (UCA), Fr. Andreu Oliva, the current successor of Fr. Ellacuría. Fr. Ellacuría was murdered November 16th, 1989 during the Salvadorian civil war, together with other Spanish Jesuits, a Salvadorian Jesuit, and two women. The archive is of philosophical and theological interest, but it also contains documents and materials of Fr. Ellacuria's thoughts on the political situation in El Salvador and Central America in the eighties and early nineties.

Fundadores de la Patria. Invitación a la Santa Misa de acción de Gracias.




(CHRISTIFIDELIS LAICI,58)



El Excmo Sr. Don Carlos Gustavo Lavado Ruíz y Roqué Lascano Ph.D. y el General Martín Miguel de Guemes. i. ISAAC3 ROQUÉ GÜEMES, b. 1846, Córdoba, Córdoba, Argentina; d. 29 de marzo 1920, Córdoba, Córdoba, Argentina. 10. ii. ENRIQUETA ROQUÉ GÜEMES, b. 1847, Córdoba, Córdoba, Argentina. iii. CONSTANCIA ROQUÉ GÜEMES, b. 10 1849, Córdoba, Córdoba, Argentina; m. PABLO C BELISLE, 09 Jun 1892, Córdoba, Córdoba, Argentina; Matrimonio: Nuestra Señora del Pilar 

Magistral discurso de S.M el Rey FelipeVI en los premios Princesa de Asturias 2015.



Don Carlos Gustavo LavadoRuíz & Roqué Lascano 
Comandante Maestre Fundador Orden de los 
Caballeros de Su Santidad el Papa 
"San Ignacio de Loyola"

El excmo Sr Comandante Gran Maestre de la OCSSPSIL, felicita a S.E. el nuevo Gran Maestre de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTÍN".





REGLAMENTACION DE LA 
"ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN"
 DECRETO N° 16.643 Bs. As., 
18 de diciembre de 1957 

VISTO: El artículo 7 del Decreto-Ley N° 16.628/57 sobre creación de la “Orden del Libertador San Martín” en el que se dispone la reglamentación de la misma y, 

CONSIDERANDO: Que el adjunto proyecto de Reglamento contempla ampliamente las normas a seguir, para el otorgamiento de condecoraciones de la citada Orden 

Por ello, El Presidente Provisional de la Nación Argentina 

Decreta: 

 Artículo 1°- Apruébase el Reglamento del Decreto Ley N° 16.628/57 sobre creación de la “Orden del Libertador San Martín”, preparado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. 

Art. 2°- El mencionado Reglamento entrará en vigencia desde la fecha y será aplicado por el Ceremonial del Estado de acuerdo con las disposiciones en él se establecen. 

Art. 3°- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Relaciones Exteriores y Culto, Interior, Educación y Justicia, Trabajo y Previsión, Asistencia, Social y Salud Pública, Guerra, Marina, Aeronáutica, Hacienda, Agricultura y Ganadería, Industria y Comercio, Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes. 

Art. 4°- Comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial, publíquese y archívese. 

ARAMBURU.- Issac Rojas.- Alfonso de Laferrére.- Carlos R. S. Alconada Aramburú.- Acdel E. Salas.- Tristan E. Guevara.- Francisco Martinez.- Victor J. Majó.- Teodoro Hartung.- Jorge H. Landaburu.- Adalberto Krieger Vasena.- Alberto F. Mercier.- Julio C. Cueto Rúa.- Pedro Mendiondo. Angel H. Cabral.- Sadi E. Bonnet. 

Artículo 1° - La “Orden del Libertador San Martin” consta de los siguientes grados: a) Collar b) Gran Cruz; c) Gran Oficial; d) Comendador; e) Oficial; f) Caballero; 

Art. 2°- El motivo central de la insignia de la Orden será la efigie de Libertador San Martín, rodeada de rayos flamígeros y rectilíneos. El reverso tendrá el escudo nacional. En el anverso llevará la leyenda “Libertador San Martín”, de conformidad con los diseños y especificaciones anexos. 

Art. 3°- Los condecorados con el collar usarán el mismo pendiendo del cuello. Los condecorados con la Gran Cruz usarán la banda de derecha a izquierda de la cual pende la insignia de la Orden, además de una plaqueta que deberá llevarse en el lado izquierdo del pecho. Los Grandes Oficiales usarán la placa del lado izquierdo del pecho. Los Comendadores usarán la medalla pendiendo de una cinta azul celeste y blanca del lado izquierdo del pecho. Los titulares podrán usar en la solapa la roseta de la orden de acuerdo con los modelos anexos, como así también la réplica de la misma 

Art. 4°- Los grados en que se compone esta Orden serán concedidos de acuerdo con la siguiente clasificación: Collar: Soberanos o Jefes de Estado Gran Cruz: Vicepresidentes Poder Ejecutivo, Presidentes de Poderes, Ministros del Poder Ejecutivo, Ministros de la Corte Suprema, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, Comandantes en Jefe y cargos similares, Tenientes Generales, Almirantes, Brigaderes Generales, Presidentes de Asambleas Nacionales y demás funcionarios de igual categoría considerando las normas orgánicas de cada país; Gran Oficial: Miembros, Asambleas Legislativas, Enviadas Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios, Ministros Consejeros, Generales de División y de Brigada, Vice-Almirantes, Contraalmirantes, Brigadieres Mayores y Brigadieres y demás funcionarios de igual categoría considerando las normas orgánicas de cada país; Comendador: Encargados de Negocios, Consejeros y Cónsules Generales, Coroneles y Teniente Coroneles, Capitanes de Navío y de Fragata, Comodoros, Vicecomodoros y demás funcionarios de igual categoría considerando las normas orgánicas de cada país; Oficial: Secretarios y Cónsules de Primera, Segunda y Tercera Clase, Mayores y Capitanes, Capitanes de Corbeta, Tenientes de Navío, Comandantes y Capitanes de Aeronáutica y demás funciones de igual categoría considerando las normas orgánicas de cada país; Caballero: Agregados, Vicecónsules y Oficiales de las Fuerzas Armadas de grados inferiores a los anteriormente citados y demás funcionarios de igual categoría considerando las normas orgánicas de cada país; 

Art. 5°- El Consejo estará integrado por el Presidente de la Nación en su carácter de Gran Maestre de la Orden, por los Miembros del Gabinete Nacional, siendo el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto el Gran Canciller de la Orden. Habrá un Secretario General y un Secretario de Actas, cargos que serán desempeñados por el Introductor de Embajadores y el Escribano de Gobierno respectivamente, Compete al Consejo de la Orden: a) Estudiar las propuestas que fueran elevadas; b) Aprobarlas o rechazarlas; c) Velar por la fiel ejecución de presente Reglamento; d) Mantener el prestigio de la Orden; e) Proponer las medidas que se consideren indispensables para el buen desempeño de sus funciones; f) Editar su propio Reglamento Interno; g) Suspender o cancelar el derecho a usar las insignias conferidas por cualquier acto incompatible con la dignidad de la Orden. 

Art. 6°- Corresponde al Secretario General: a) Proponer al Gran Canciller las reuniones del Consejo a pedido de cualquiera de sus miembros; b) Ocuparse de la correspondencia; c) Mantener al día el archivo y registro de la Orden. 

 Art. 7°- Corresponde al Secretario de Actas: a) Llevar la minuta de las sesiones del Consejo para preparar el acta; b) Labrar las actas de las reuniones en un libro especial, firmadas por lo menos por dos de los miembros del Consejo; c) Será el depositario de la fe de los actos del Consejo, estando facultado para expedir testimonios o actos para los casos que corresponda. 

Art. 8°- Las propuestas que se elevan al Consejo deberán contener los siguientes datos: a) Nombre y apellido completos del candidato propuesto; b) Informe sobre los actos o merecimientos en los cuales se fundamente la propuesta; c) Nacionalidad; d) Profesión; e) Biografía, con mención de los cargos desempeñados; f) Condecoraciones que posee; g) Si el candidato propuesto aceptará la condecoración en caso de serle conferida, teniendo en cuenta si la legislación de su país lo permite. 

Art. 9°- Las personas condecoradas con la Orden podrán ser promovidas a propuesta de uno de los miembros que integran el Consejo, entre los grados de Caballero y Gran Cruz, teniéndose en cuenta para esto los nuevos méritos y virtudes democráticas correspondientes a su nueva investidura en el desempeño de la función. 

Art. 10- El Consejo de la Orden llevará un Libro de Registros en el cual será inscripto por orden cronológico, el nombre de cada uno de los miembros de la Orden, con la indicación del grado y datos biográficos respectivos. Las fojas del libro serán numeradas y rubricadas por el Secretario General de la Orden. 

Art. 11- El Consejo de la Orden tendrá por sede el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. 

Art. 12- La comunicación de la concesión del collar al agraciado la efectuará el Presidente de la Nación en su carácter de tal y como Gran Maestre de la Orden, mediante una carta autógrafa la cual tendrá validez de Diploma. 

Art. 13- Las categorías de la Orden de Gran Cruz a Caballero serán testimoniadas por un Diploma que firmará el Presidente de la Nación, Gran Maestre de la Orden y refrendará el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, como Gran Canciller de la Orden.

CENTINELA DEL DESARROLLO NUCLEAR ARGENTINO

D CARLOS GUSTAVO LAVADO RUÍZ ROQUÉ LASCANO 
 SOBERNA COMPAÑÍA DE LOYOLA
FUNDADOR 1ER GENERAL


Comandante Principal Don Carlos Gustavo Lavado Cárdenas y Roqué Lascano PhD

"El Señor hace justicia y defiende a todos los oprimidos." Salmo 103:6 (NVI) Los Caballeros de la Orden de Loyola, soldados de Dio...